Desde el 26 de abril de 2026, la Ley N°21.561 fija un máximo de 42 horas semanales. El Dictamen N°142/09 de la Dirección del Trabajo aclara que, si no existe acuerdo escrito entre empleador y trabajadores, la reducción debe aplicarse al término de la jornada: en esquemas de 5 días, una hora menos en tres días; en 6 días, minutos distribuidos en cuatro jornadas.
Dirigentes sindicales y trabajadores: este es el marco práctico para implementar la reducción. La prioridad es siempre pactar por escrito una nueva distribución; si no hay acuerdo, el empleador está obligado a aplicar una fórmula de proporcionalidad al final del turno y no puede imponer rebajas fraccionadas (por ejemplo, 30 minutos diarios).
Pasos para 2026
- Revisar la jornada actual: cuántas horas semanales y cómo se distribuyen (5 o 6 días).
- Negociar con la empresa y dejar la nueva jornada por escrito, dentro de los márgenes legales.
- Si no hay acuerdo, aplicar la regla de la DT (reducción al término de la jornada).
- Documentar y comunicar: notificación individual, registro en RR.HH. y actas sindicales.
Checklist sindical: propuesta de distribución horaria, acuerdo firmado (si existe) o constancia de oposición.
Ejemplo base: de 45 a 42 horas → reducir 3 horas. En 5 días: 1 hora menos en tres días. En 6 días: al menos 50 minutos en tres días y 30 minutos en un cuarto.
Regla general sin acuerdo: la reducción se aplica al final de la jornada diaria; está prohibido dividirla en recortes pequeños distribuidos en todos los días sin pacto.
Aplicación según distribución
- 5 días (lunes a viernes): bajar 1 hora en 3 días, saliendo antes en esos turnos.
- 6 días (lunes a sábado): reducir 50 minutos en 3 días y 30 minutos en otro, siempre al final del turno.
Límites: cualquier ajuste debe respetar topes diarios y descansos del Código del Trabajo.
Mini-cálculo: si hoy son 44 horas, se bajan 2; en 5 días, podría aplicarse 1 hora en dos días sin acuerdo.
Autonomía sindical: si la asamblea rechaza una propuesta (como recortes diarios), la empresa no puede imponerla; debe ceñirse a la fórmula de proporcionalidad. En caso de conflicto: dejar constancia escrita, agotar diálogo y acudir a la Dirección del Trabajo.
Preguntas rápidas
- Cambios temporales: solo con acuerdo.
- Horas extra: siguen reguladas; la reducción no implica pérdida de derechos ni rebajas salariales.
Gradualidad legal
2024: 44 horas → 2026: 42 horas → 2028: 40 horas.
Plan de acción: mapear jornadas, convocar asamblea, definir propuesta escrita, registrar todo en RR.HH. y, si hay imposición o desacuerdo, escalar a la DT.




